Albarracín y Cuenca se enfrentan por un monte

El Mundo/ Javier Ortega

Los turolenses defienden que desde tiempo inmemorial aprovechan sus recursos y los castellanomanchegos sostienen que está en su término municipal

La localidad turolense de Albarracín.E.M

La localidad turolense de Albarracín y la ciudad castellanomanchega de Cuenca se disputan la titularidad de un monte de 2.000 hectáreas. Se trata de un conflicto de límites municipales y, por ende, provinciales entre las comunidades autónomas de Aragón y Castilla-La Mancha. La parte aragonesa argumenta que desde tiempo inmemorial aprovecha los recursos de la zona en litigio mientras que la castellanomanchega sostiene que se encuentra en su término municipal y que debe ser el río Tajo el que marque la frontera.

Recientemente, técnicos de ambos ayuntamientos y de ambas comunidades se reunieron en la zona del conflicto y, tutelados por el Instituto Geográfico Nacional, buscaron posibles acuerdos sobre los límites. Sólo llegaron a un acuerdo de mínimos sobre dónde parte el límite provincial en la zona de Valtablao, pero continúan sin consensuar por dónde va la línea divisoria con respecto al monte número 12, llamado El Entredicho.
El aprovechamiento de dicho paraje siempre lo ha realizado la Ciudad y la Comunidad de Albarracín, figura que es la propietaria de numerosas hectáreas de la Sierra de Albarracín y que está formada por Albarracín, por un lado, y por los 23 municipios que componen la serranía, por otro. Los aprovechamientos de la zona en litigo son micológicos, madereros, apícolas, de pastos, cultivos, caza y, hasta hace algunos años, también resineros.

Cuenca, propietaria de los terrenos limítrofes junto con otras localidades conquenses, plantea que sea el río Tajo el que trace la línea del mapa mientras que desde Albarracín defienden que la delimitación administrativa tiene que coincidir «con los límites del monte de utilidad pública» del que son titulares, según explica al Diario de Teruel el alcalde de Albarracín, Miguel Villalta Martín.

El alcalde ve poco probable llegar a un acuerdo porque «son posturas irreconciliables que se arrastran desde el pasado. Cualquier cesión que hicieran la Ciudad y Comunidad de Albarracín sería mal vista». En su opinión, el hecho de que lleven siglos explotando los recursos muestra que desde Cuenca «asumen que la titularidad es nuestra».

El alcalde de Cuenca, Darío Dolz, señaló a Voces de Cuenca que llegar a un acuerdo «es muy difícil. Ellos se mantienen firmes en el perímetro del monte y nosotros en el cauce del río Tajo. Alguien, a instancias superiores, deberá tomar la decisión de cara al futuro. Debe acudir incluso al Consejo de Ministros porque incide en el límite de dos comunidades».
Si no se llega a un acuerdo tendrá que ser la Administración General del Estado, al tratarse de un límite entre comunidades autónomas, la que intente forzar un consenso. En este sentido, Ciudadanos reclama al Gobierno de Aragón que se posicione sobre la disputa entre Cuenca y Albarracín.

Se busca Gerente para la Fundación

ECO de Teruel, 27 septiembre, 2021

El Boletín Oficial de la Provincia pública hoy las bases es la regularización de la selección para la contratación del puesto de persona titular del puesto de Director Gerente de la Fundación para el Desarrollo de la Comunidad de Albarracín , como personal directivo máximo responsable.

DEPENDENCIA Y FUNCIONES La persona titular del puesto convocado dependerá jerárquicamente del Patronato de la Fundación, asumiendo la gestión y ejecución de los acuerdos y directrices adoptados por el mismo,
la dirección de los servicios existentes en la Fundación y, en general, cuantas funciones de ordenación sean precisas para el mejor logro de los fines de esta.
EVALUACIÓN. El personal directivo estará sujeto a evaluación con arreglo a criterios de eficacia y eficiencia,responsabilidad en la gestión y control de resultados en relación con los objetivos marcados por el Patronato de la Fundación.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES. Para participar en la convocatoria se precisan los siguientes requisitos:
a) Ser de nacionalidad española o nacional de un Estado miembros de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, en el que sea de aplicación el principio de libre circulación de trabajadores, así como personas extranjeras con residencia legal en España.
b) Ser mayor de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado , no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Hallarse en posesión de titulación oficial universitaria, al menos de Nivel 2, del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), es decir, Doctorado, Máster Oficial, Grado, Licenciatura, Ingeniería
Superior o Ingeniería Técnica, Arquitecto/a, Arquitecto/a Técnico, Diplomatura Universitaria o declarado equivalente al mencionado nivel 2 de MECES; preferiblemente en la rama de conocimientos de ciencias sociales y jurídicas y económicas.

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